Las explotaciones ganaderas,condicionalidad y requisitos generales de gestión de la PAC

el .

A tenor de la referencia en el I Congreso de SOCIVESC a la necesidad de que las explotaciones deberán cumplir determinados requisitos para obtener ayudas directas por parte de la Unión Europea, es interesante indicar que en las últimas modificaciones de la Política Agraria Común (PAC) realizadas por la Comisión, tras tomar conciencia la Sociedad Europea de la importancia del consumo de alimentos “seguros” por los incidentes graves ocurridos en el sector ganadero y el manifiesto deterioro ambiental, se han vinculado el cobro de las Ayudas Comunitarias al compromiso, por parte de las explotaciones agroganaderas, del cumplimiento de unas prácticas medioambientales respetuosas y métodos de cría animal saludables. El Reglamento 73/2009 del Consejo 19 de enero de 2009 en el que se establecen disposiciones aplicables a los regímenes de ayuda en el marco de la actual Política Agraria Común, establece en su artículo 4 que todo productor que recibe pagos directos deberá cumplir los requisitos legales de gestión.

En el artículo 5 indica que éstos requisitos serán establecidos en los siguientes ámbitos:

- Salud Pública, Zoosanidad y Fitosanidad.

- Medio Ambiente.

- Bienestar de los Animales.

Además se hace referencia también a la necesidad de cumplir con las “buenas condiciones agrarias y medioambientales”

Por Orden de 24 de septiembre de 2008 (la última versión publicada), DOE número 188, del lunes 29 de septiembre de 2008 se publican en Extremadura los requisitos legales de gestión y buenas condiciones agrarias y medio ambientales que han de cumplir las explotaciones Agroganaderas en Extremadura.

En su largo artículo 5º se desarrollan de forma exhaustiva los puntos anteriores, donde se abordan las condiciones exigibles con una amplia referencia a Reglamentos, Directivas y Reales Decretos.